Se han incorporado nuevos término al Glosario:
TIMESHARE RENTALS |
Los periodos en que los alojamientos que se explotan bajo la fórmula de “tiempo compartido” o aprovechamiento por turno que están “desocupados”, se suelen arrendar por su titular a terceros (turistas), con lo que de esa forma los titulares de los derechos de ocupación pueden tener un ingreso extra.En España la naturaleza jurídica de esta clase de “arrendamientos” puede ser discutida tanto a efectos prácticos como teóricos, pero en todo caso no es una cuestión sin importancia, ya que si se trata del “arrendamiento de vivienda por temporada” nos podríamos encontrar con la obligación del arrendador de exigir al arrendatario una fianza equivalente a dos mensualidades de renta (aunque el arrendamiento sea de una semana), lo que no ocurre si se trata de la ocupación de un alojamientos turístico.La propia Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 (modificada el día 04.06.13 ) excluye como arrendamiento (Art. 5.e ): “ la cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial”.La diferencia es que en un arrendamiento llamémosle “ordinario” la edificación objeto del mismo es una vivienda, ya sea para su uso como vivienda habitual o temporal, y en la ocupación de un alojamiento turístico son dos los elementos esenciales que necesariamente han de concurrir: (i) la propia unidad de alojamiento ya sea arquitectónicamente una habitación, apartamento o vivienda singular y (ii) el servicio inherente a los alojamientos turísticos, como recepción, limpieza, etc., y además todo ello en un “complejo de alojamientos turísticos” y bajo la gestión de una empresa explotadora única; ambos (el complejo y la empresa) inscritos en el registro de turismo correspondiente como garantía de que uno y otro cumplen con los requisitos de la normativa sectorial-turística. |
TIMESHARE BRANDING |
Una marca prestigiosa y ampliamente conocida es actualmente uno de los más importantes factores de éxito en la comercialización y obviamente ello es aplicable a la industria del alojamiento vacacional.- Las grandes compañías con sus respectivas marcas han hecho de ello uno de sus principales argumentos de venta, pero las pequeñas compañías, con menor capacidad económica, difícilmente pueden competir por si solas en este sector que tal vez sea el más representativo de una industria globalizada. La respuesta es el fenómeno del “branding”, es decir la generación de una marca común de amplia difusión que agrupe a varias compañías del sector, ya sea por iniciativa de esas mismas compañías o por la creación de y la marca por una sola compañía cuyo comercio consiste precisamente en admitir a otros utilizar la marca común, bajo unas precisas reglas y con la retribución a su propietaria. |
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